CRÉDITOS


RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2011, de la Universidad de Almería, por la que se publica la normativa de reconocimiento y transferencia de créditos.
RECONOCIMIENTO Y TRANSFERENCIA DE CRÉDITOS

Reconocimiento de créditos

Reconocimiento de créditos de formación básica en enseñanzas de Grado
· Título al que se pretende acceder pertenezca a la misma rama de conocimiento, se reconocerán al menos 36 créditos.
· Se recocerán  créditos en las materias de formación básica pertenecientes a la rama del conocimiento del título al que se pretende acceder.
· El número de créditos básicos reconocidos coincidirá con el de créditos que le sean eximidos de cursar

Reconocimiento de créditos de materias obligatorias, optativas y prácticas externas.
· En este caso serán las Comisiones Docentes de los Centros las que evalúen    las competencias adquiridas con los créditos aportados y su posible correspondencia con la Titulación de destino.
· El número de créditos básicos reconocidos coincidirá con el de créditos que le sean eximidos de cursar.
· Se procurará el reconocimiento de los créditos optativos superados por el estudiante en la Titulación de origen aun cuando no tengan equivalencia en materias de los estudios de destino

Reconocimiento de créditos de Grado entre las Universidades públicas andaluzas

· La Universidad de Almería reconocerá los créditos cursos en los módulos que forman parte del 75% de las enseñanzas comunes de cada Titulación

Transferencia de créditos
·  Los créditos superados por el estudiante en enseñanzas universitarias oficiales que no hayan conducido a la obtención del título oficial y no sean constitutivas de reconocimiento, deberán reflejarse en el expediente del estudiante.

RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS ESPECIFICIDADES

Reconocimiento de créditos
Reconocimiento de experiencia laboral y profesional
· La experiencia laboral o profesional acreditada se podrá reconocer en forma de créditos que computarán a efectos de la obtención de un  título oficial, siempre que esté relacionada con las competencias de dicho título.
Reconocimiento de enseñanzas universitarias no oficiales
· Se podrán reconocer siempre que hayan sido impartidas por una Universidad y el diploma o título correspondiente lo constante.
· El reconocimiento de estos créditos no computa a efectos de baremación del expediente.
Reconocimiento de estudios completados en un plan de estudios según regulaciones anteriores
· Si ambas Titulaciones pertenecen a la misma rama de conocimiento  y la Titulación de destino es un Grado, reconocerán un mínimo de 36 créditos de sus materias básicas.
· El resto de créditos se podrá hacer un reconocimiento asignatura por asignatura.
Reconocimiento de estudios parciales de un plan de estudios según regulaciones anteriores
· Se podrá hacer un reconocimiento asignatura por asignatura.
· Se entenderá que la carga lectiva de un crédito de anteriores sistemas educativos equivale a un crédito ECTS.
Reconocimiento de estudios en enseñanzas superiores oficiales no universitarias
· Se regulará por lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2011, de 11 de marzo, complementaria de la Ley de Economía Sostenible, el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, modificado por el Real Decreto 861/2010, de 2 de julio, así como por otros acuerdos.
Reconocimiento de créditos obtenidos en régimen de movilidad
·  De acuerdo con la normativa nacional o internacional aplicable; los convenios que suscriba la Universidad; los procedimientos que establezca el Vicerrectorado competente.
Reconocimiento de créditos por la participación en actividades culturales, deportivas, de representación estudiantil, solidarias y de cooperación
·  Este reconocimiento se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes criterios:
ü  Hasta un máximo de 6 créditos, en títulos de Grado.
ü  La actividad objeto de reconocimiento deberá haber sido desarrollada durante el periodo de estudios universitarios comprendido entre el acceso a la Universidad y la obtención del título.
ü  Las actividades específicas deberán haber sido aprobadas por la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de créditos según ANEXO I
ü  El listado de actividades específicas por las que puede ser solicitado el reconocimiento está en el ANEXO II
ü  Los créditos reconocidos serán incorporados al expediente como “Reconocimiento de créditos por participación en actividades universitarias”. Se añadirá el nombre de la actividad, con la calificación de “Apto”.
Reconocimiento de la competencia “aprendizaje de una lengua extranjera”
· Los estudiantes de todas las Titulaciones de Grado deberán acreditar para la obtención de su título el nivel B1 o superior de una lengua extranjera.
· Los estudiantes extranjeros deberán acreditar el conocimiento de la lengua castellana.
·   La acreditación del nivel B1 deberá tenerse con anterioridad a la finalización de los estudios, pudiendo obtenerse por cualquiera de los siguientes procedimientos:
ü  Por haber superado un Grado que tenga los contenidos necesarios de una lengua extranjera para alcanzar la competencia “aprendizaje de una lengua extranjera” en un nivel igual o superior al B1.
ü  Prueba de nivel. Realizada por la UAL a través de su Centro de Lenguas.
ü  Cursando y aprobando los créditos de enseñanza de un idioma que impliquen alcanzar un nivel B1 o superior.
ü  Acreditación. Quedarán eximidos de estas pruebas los estudiantes que acrediten tener un nivel B1 o superior. Esto se podrá concretar también en cursos y certificaciones en la tabla  de la Web del Servicio de Ord. Docente, Planes de Estudio y F.C.
SUPLEMENTO EUROPEO AL TÍTULO Y CERTIFICACIONES
Suplemento Europeo al Título
·  Todos los créditos obtenidos por el estudiante en enseñanzas oficiales cursadas en cualquier Universidad, los transferidos, los reconocidos y los superados para la obtención del título serán incluidos en su expediente académico y reflejado en el Suplemento Europeo al Título, confeccionado en versión bilingüe castellano-inglés.
Certificaciones académicas
·     Para facilitar la movilidad entre Universidades del EEES, en las certificaciones académicas, se incluirán la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Plan de Estudios correspondiente; la rama a la que se adscribe el título; los módulos y materias a las que se vinculan las asignaturas, y la rama a la que pertenecen las materias básicas del título. En la medida de lo posible se intentará realizarlas en castello-inglés.

ANEXO I

CRITERIOS GENERALES DE RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES CULTURALES, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN

·   Actividades Culturales. Deberá ser avalada por el Vicerrectorado de cultura, Extensión Universitaria y Deportes, que expedirá el certificado correspondiente y asignará una equivalencia en horas de participación a dicha actividad y un valor en créditos ECTS equivalentes según la regla de 1 crédito por cada 25 h.

·     Cursos de Enseñanzas Propias, Extensión Universitaria y Cursos de Verano. En el caso de actividades computadas en horas lectivas, se convertirán a créditos ECTS según la regla de 1 crédito por cada 25 h.

·  Actividades Deportivas. Serán avaladas por el Vicerrectorado de Cultura, Extensión Universitaria y Deportes, que expedirá el Certificado correspondiente y propondrá la equivalencia en créditos ECTS.

·    Actividades de Representación Estudiantil en órganos colegiados. Será necesario aportar certificación de haber asistido al menos al 60% de las sesiones del órgano en el periodo indicado a continuación:

ü  Los representantes en Consejo de Estudiantes, Consejos de Departamento, Unidad de Garantía de Calidad, Juntas de Centro, Comisiones de Consejo de Gobierno, Consejo de Gobierno, Consejo Social y aquellos otros órganos que pudiera determinar la Comisión de Reconocimiento y Transferencia de Créditos, tendrán un reconocimiento de 1 crédito por curso académico.

ü  Los representantes en el Claustro, el estudiante deberá asistir a todas las sesiones que se convoquen durante el periodo para el que ha sido elegido, con reconocimiento de 1 crédito por periodo (2 cursos académicos).

·  Actividades Solidarias y de Cooperación. Serán avaladas por el Vicerrectorado de Estudiantes,  que expedirá el Certificado correspondiente y asignará una equivalencia en horas de participación a dicha actividad y un valor en créditos ECTS, según la regla de 1 crédito por cada 25 h.


·     Otras Actividades.  Excepcionalmente y teniendo en cuenta una serie de requisitos el Consejo de Gobierno podrá autorizar el reconocimiento de créditos a otras actividades no expresamente incluidas en los criterios anteriores.




ANEXO II
RELACIÓN DE ACTIVIDADES QUE TIENEN AUTORIZADO EL RECONOCIMIENTO DE CRÉDITOS POR LA PARTICIPACIÓN EN ACTIVIDADES CULTURALES, DE REPRESENTACIÓN ESTUDIANTIL, SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN.
1)      ACTIVIDADES CULTURALES
CERTIFICADO
Vicerrectorado de Cultura, Extensión Universitaria y Deportes
Actividades
Duración
Créditos
Taller de Bailes de Salón
50 horas
2
Taller de Grupo de Teatro
50 horas
2
Taller de Grupo de Poesía
50 horas
2
Taller de Grupo de Cine
50 horas
2
Cursos y Conferencias
25 horas
1
Cursos y Conferencias
10 horas
0.5
Taller de Pintura
50 horas
2
Cursos de Verano
50 horas
2
Cursos de Género
25 horas
1
Cursos de Migraciones e Interculturalidad
25 horas
1
Exposiciones
5 horas
0.25
Actividades Musicales
25 horas
1
2)      ACTIVIDADES DEPORTIVAS
Actividades
Descripción
Créditos
DEPORTISTAS UNIVERSITARIOS DE ALTO NIVEL
JUSTICACIÓN: Diploma de Deportista Universitario de Alto Nivel del curso correspondiente, emitido por el Vicerrectorado de Cultura, Extensión Universitaria y Deportes
·         PROGRAMA “AYUDA AL DEPORTISTA UNIVERSITARIO DE ALTO NIVEL”
Alumnos incluidos dentro del Programa “Ayuda al Deportista Universitario de Alto Nivel”, en el curso en vigor, para Deportistas Universitarios de Alto Nivel. (actividad 120 horas)
3
CURSOS DE FORMACIÓN DEPORTIVA
JUSTIFICACIÓN: Diploma de aprovechamiento del curso, emitido por el Vicerrectorado de Cultura, Extensión Universitaria y deportes, donde se indica el número de horas de la actividad formativa.
·         CURSOS DE FORMACIÓN DEPORTIVA (FORMACIÓN)
Cursos que contengan una parte teórica, otra parte práctica, con temario, evaluación y título de aptitud. (cursos de más de 25 horas)
2 por curso realizado
·         CURSOS DE FORMACIÓN DEPORTIVA (FORMACIÓN)
Cursos que contengan una parte teórica, otra parte práctica, con temario, evaluación y título de aptitud. (cursos de menos de 25 horas)
1 por curso realizado
ACTIVIDADES DEPORTIVAS GENERALES
JUSTIFICACIÓN: Certificación de actividades realizadas emitido por el Servicio de deportes del Vicerrectorado de Cultura, Extensión Universitaria y Deportes, donde se relacionan las actividades realizadas y que se indique el número de créditos que se puedan reconocer. En aplicación del art. 22 del Reglamento de Promoción y Apoyo del deportista Universitario, por este grupo de actividades se podrá reconocer un máximo de 2 créditos por curso académico.
·         COMPETICIONES EXTERNAS (AUTONÓMICAS O NACIONALES)
Actividades de competición externa con una orientación de rendimiento. Para poder participar deberá ser seleccionado en su deporte. Existirán dos modalidades:
·         PARTICIPACIÓN
Deporte de equipo, deporte individual con acceso por marca, y deporte individual con acceso sin marca.
·         RESULTADOS
Obtención de medalla en CAU, CEU o EU (actividad entre 20 y 50 horas)






PARTICPACIÓN
1



RESULTADOS
1
·         COMPETICIONES FEDERADAS

Actividad de competición de rendimiento, con sesiones de entrenamiento semanales desde Octubre a Abril, en equipos federados de la Universidad de Almería (actividad entre 40 y 50 horas)
1
·         CURSOS DE APRENDIZAJE DEPORTIVO
(PARTICIPACIÓN)
Cursos en los que aprenden destrezas básicas para el aprendizaje de determinadas disciplinas deportivas. (cursos entre 12 y 20 horas)
0.5 por curso realizado
·         ACTIVIDADES EN LA NATURALEZA
Actividades que se desarrollan en contacto con el medio ambiente. Participar en 5 actividades en la naturaleza durante el curso (cada actividad entre 6 y 10 horas)
1 cada 5 actividades realizadas
·         ESCUELAS DEPORTIVAS Y CURSOS DE NATACIÓN
Actividades deportivas mensuales que fomentan los hábitos de salud y bienestar físico. Participación en 4 mensualidades (o 2 bimestral o 1 cuatrimestral). (Cada mensualidad entre 8 y 10 horas)
1 por cada 4 mensualidades
·         COMPETICIONES INTERNAS
Actividades de competición interna en diferentes formatos y en diferentes modalidades deportivas.
Sólo podrán reconocer créditos e primer clasificado de cada competición, tanto individual como colectiva. (actividad entre 12 y 15 horas para los finalistas)
1 al Campeón
3)      ACTIVIDADES SOLIDARIAS Y DE COOPERACIÓN
CERTIFICADO
Vicerrectorado de Estudiantes y Empleo
Actividades
Descripción
Créditos
Apoyo a estudiantes con necesidades educativas especiales (ACNEE)
Reuniones y actividades de apoyo a los ACNEEs y con el secretariado de orientación educativa
2
Jornadas de sensibilización en torno a la solidaridad, cooperación, voluntariado, discapacidad y promoción de la salud.
(25 h. mínimo)
·         Jornadas de Voluntariado
·         Jornadas de Cooperación
·         Jornadas de la Tierra y sobre temas medioambientales
·         Jornadas de sensibilización sobre discapacidad
·         Jornadas sobre promoción de la salud
1
1
1



1

1
Cursos, actividades formativas y de apoyo en torno a la solidaridad, cooperación, voluntariado, discapacidad y la promoción de la salud
(50 h. mínimo)
·         Curso de formación de voluntariado social
·         Curso de formación de voluntariado digital.
·         Curso de formación de voluntariado y cooperación
·         Curso de formación de voluntariado medioambiental
·         Curso de formación de voluntariado en el ámbito de la discapacidad
·         Cursos de formación de apoyo al alumnado de nuevo ingreso
·         Cursos de formación en prácticas de promoción de la salud
2

2

2


2

2



2


2